Emprendedor es cualquier persona física que desarrolle una actividad empresarial o profesional, lo que venimos a conocer como un autónomo.
El mayor riesgo de los empresarios o profesionales individuales es el de la responsabilidad patrimonial universal que establece el artículo 1911 del Código Civil, lo que supone que responden con todo su patrimonio personal por las deudas contraídas en su actividad.
Para limitar esta responsabilidad, la Ley 14/2013 introdujo la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, que ofrece el beneficio de limitar la responsabilidad del empresario o profesional al excluir la vivienda habitual, que con la nueva Ley 18/2022 se amplía a los bienes de equipo productivos afectos a la explotación, bajo las condiciones y limitaciones que resumidamente veremos a continuación.
Para adquirir la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada es necesario:
Inscribirse como tal en el Registro Mercantil mediante el otorgamiento de un acta notarial o mediante la cumplimentación de una sencilla instancia suscrita con firma electrónica reconocida del empresario y remitida telemáticamente al Registro Mercantil.
Hacer constar en toda la documentación del emprendedor su condición de Empresario de Responsabilidad Limitada, por ejemplo añadiendo a su nombre las siglas ERL.
Depositar todos los años sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, puesto que de no hacerlo perdería el beneficio de la limitación de responsabilidad.
Los bienes excluidos de responsabilidad son:
La vivienda habitual, siempre que su valor no supere los 300.000 € valorada conforme a lo dispuesto en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, lo que nos conduce a tener en cuenta el Valor de Referencia, que se puede consultar en la web de Catastro. Ese valor puede llegar a los 450.000 € en poblaciones de más de 1.000.000 de habitantes.
Y con la nueva Ley 18/2022 se extiende también a los bienes de equipo productivos afectos a la explotación inscritos en el Registro de Bienes Muebles y con el límite del volumen de facturación agregado de los dos últimos años.
La limitación de responsabilidad se hará pública mediante la inscripción en el Registro Mercantil, en el Registro de la Propiedad (mediante nota marginal en la vivienda objeto de protección) y en el Registro de Bienes Muebles.
De la limitación de responsabilidad se excluyen:
Las deudas contraídas con anterioridad a la inscripción como Empresario de Responsabilidad Limitada.
Las deudas que no deriven de su actividad empresarial o profesional.
Las deudas contraídas como consecuencia de haber actuado con fraude o negligencia grave en el cumplimiento de obligaciones con terceros y que conste acreditado por sentencia firme o en concurso de acreedores declarado culpable.
Las deudas tributarias o con la Seguridad Social, punto este que lamentablemente no ha sido modificado por la nueva Ley.
La cumplimentación de los trámites de inscripción y presentación de cuentas para acogerse a la figura de Emprendedor de Responsabilidad Limitada merece la pena para intentar proteger la vivienda y los bienes de equipo productivo de profesionales y autónomos.
Toma de posesión como Diputado de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Burgos.
Comienzo este nuevo Año Judicial con nuevos proyectos en lo personal y retos apasionantes en lo profesional.
El día 16 de Septiembre de 2022 tomé posesión como Diputado Séptimo de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Burgos.
Esto implica aceptar con honor, responsabilidad y agradecimiento, la tarea de trabajar por y para mis Compañeros y Compañeras de toda la provincia de Burgos.
Tengo la enorme suerte de formar parte de un gran equipo liderado por la Decana Mónica Pérez Villegas, primera decana de nuestro Colegio en sus 188 años de historia.
El reto es muy exigente y apasionante: intentaré aportar mi granito de arena en la gestión de los asuntos de los colegiados/as y seguiré reivindicando desde el Colegio de Abogados la importancia de contar con una Justicia Cercana y de Proximidad, especialmente en el entorno rural, defendiendo los Partidos Judiciales y reclamando más medios para ellos.
De esta forma lucharé por mejorar las condiciones de trabajo de los abogados/as de la Provincia, con el objetivo de lograr una mejor calidad del servicio de la Justicia para nuestros vecinos y nuestros clientes.
El pasado 10 de marzo tuve el honor y la responsabilidad de participar como Ponente en el IV Congreso de la Abogacía de Castilla y León que se celebró los días 9, 10 y 11 de Marzo de 2022 en el magnífico marco de la Sala de Congresos del Fórum Evolución de Burgos, con un lema: “Cercanía, compromiso y calidad. La abogacía, la mejor defensa”.
Agradezco a los organizadores que contaran conmigo para formar parte de la Mesa que trató la Territorialidad de los Órganos Judiciales y su relevancia en nuestra España Vacía o Vaciada, lo que me dio la oportunidad de exponer mi experiencia como abogado con más de 25 años de ejercicio en Villarcayo, y de poner de manifiesto las peculiaridades de este Partido Judicial por su gran superficie territorial, su creciente despoblación, y la afluencia de visitantes desde zonas limítrofes (Burgos, País Vasco y Cantabria principalmente).
La prestación de un servicio esencial como es el de la Justicia, y de otros vinculados como el Registro de la Propiedad, Notarios, la Guardia Civil, Abogados, Procuradores, Gestorías, Seguridad Social, Oficina de Empleo… forman un entramado imprescindible para mantener, atraer y fijar población, y para respaldar la estructura económica de las zonas rurales.
Trasladar y centralizar estos servicios en las capitales de provincia supone dificultar su acceso al ciudadano y una pérdida de servicios que agrava el problema de la despoblaciónen el ámbito rural.
Mi ponencia se centra en el análisis de la situación de la Justicia en los pueblos, de las necesidades y de las posibles soluciones para intentar acercarla a los habitantes de las Merindades, a mis vecinos, e igualmente a otras zonas rurales de la España Vaciada en la misma situación, y en esencia decía así:
“1.-INTRODUCCION Y PRESENTACIÓN
Antes de entrar en materia sobre el Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de la Justicia que fue aprobado en Consejo de Ministros de 12 de abril de 2021, he de contarles mi experiencia vital en la España que se vacía.
Mi pueblo Villarcayo Merindad de Castilla la Vieja donde ejerzo como abogado desde que me colegié hace ya 25 años, apenas llega ya a los 4.000 justiciables, y la Comarca (Las Merindades) que se agrupa bajo el paraguas del Partido Judicial ronda los 21.000, en 27 municipios y centenares de pedanías. Hemos perdido una quinta parte de la población en los últimos 10 años.
Para que nos ubiquen Las Merindades es la comarca Norte de Burgos, que linda con Cantabria, Vizcaya, Álava, tiene una superficie que es más que el Territorio Histórico de Vizcaya. De Oeste a Este hay una hora en coche y lo mismo de norte a Sur, desde Villarcayo MCV a la capital de la provincia tenemos una hora o 75 Km de una peligrosa carretera de doble sentido con su puerto de montaña, el transporte público es más bien escaso.
Presentación de la ponencia.
Y ahora permítanme la Curiosidad histórica y el homenaje a mis paisanos
El Partido Judicial de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, además de ser de nombre más largo de España y de los que agrupa mayor territorio es el primer Partido Judicial de Castilla.
Si han paseado por Burgos, habrán visto la estatua del Cid, y las calles Laín Calvo y Nuño Rasura. Pues bien Laín Calvo y Nuño Rasura fueron los primeros Jueces de Castilla y Sorpresa, impartieron justicia INDEPENDIENTE Y CERCANA por primera vez en el siglo IX en una pedanía de mi pueblo, llamada BISJUECES.
En los siglos IX y X, encontramos en Las Merindades a dos personajes de leyenda que hicieron de Castilla un lugar donde el derecho y la justicia fueron ideas respetadas; estos personajes no son otros que los primeros jueces de Castilla, los míticos Laín Calvo y Nuño Rasura.
Digo que lo hicieron de forma independiente, por referirme a que lograron hacer Justicia no dependiente del Reino de León de quien dependían estos territorios en aquel siglo, y cercana porque los proto-castellanos no tenían que desplazarse ante el Rey de León para obtener justicia, estos prohombres castellanos impartían justicia en base a la costumbre y sus sentencias se llamaban fazañas.
Las leyendas e incluso la historiografía emparentan a Laín Calvo con el Cid y Fernán González, y este fue el germen del Condado de Castilla.
Y lo cierto es que Villarcayo MCV donde se encuentran los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción es la Merindad de Castilla la Vieja, y capital de las Siete Merindades Históricas.
Hasta ahí mi homenaje, busquen si tienen tiempo y curiosidad en google o mejor sumérjanse en los libros de historia, cito por ejemplo Los Fueros de Castilla, Javier Álvaro Planas y Gonzalo Oliva Manso. Y vengan a Las Merindades y les haré gustoso de guía por el Sendero de los Jueces de Castilla.
2.- JUSTICIA CERCANA. TERRITORIALIDAD
La Justicia además de un Poder del Estado es un Servicio Público, y en los Partidos Judiciales es la Atención Primaria y el Servicio de Urgencias de la Administración de Justicia.
Alrededor de los Juzgados en los Partidos Judiciales rurales se crea un Ecosistema de Servicios, Registros de la Propiedad, Notarios, Cuartel de la Guardia Civil, Abogados, Procuradores, Gestorías, Oficinas del ECYL y TGSS y esto implica fijar población y crear riqueza aparte de ser foco de atracción de nuevas pequeñas empresas, es el centro de referencia en cuanto a servicios.
3.- ANTEPROYECTO DE 2012
Anteriormente al Proyecto de Eficiencia Organizativa que tenemos en trámite parlamentario los Partidos Judiciales rurales han tenido otras amenazas, la más importante el Acuerdo de Pleno de 4 de Mayo de 2012, sobre Comisión de Demarcación y Planta Judicial, en dicho proyecto se pretendía la creación de los Tribunales Provincial de Instancia (de distancia) y supresión de los Partidos Judiciales existentes, en el año 2014 quedo postergado.
En Mayo de 2017, la reforma del artículo 98 de la LOPJ, de forma excepcional se crearon los conocidos como Juzgados especializados en Clausulas Bancarias, también llamados Juzgados-Trampa, 54 juzgados especializados con sede en las capitales de provincia, que tuvieron fuerte contestación desde la Abogacía ya que suponían una excepción al Fuero del consumidor y vaciaba de los asuntos de cláusulas abusivas bancarias a los Partidos Judiciales que no eran capital de provincia. Ahí siguen.
Reseña en Twitter.
4.- PROYECTO ACTUAL. EFICIENCIA ORGANIZATIVA
De forma esquemática y sin entrar al fondo, que ya tendremos tiempo apunto en breves pinceladas las líneas fundamentales de este Proyecto:
4.1.- La Base Territorial de implantación de la Justicia son los Partidos Judiciales, pero se les cambia de nombre y pasarán a llamarse Tribunales de Instancia.
4.2.- Se crean Oficinas Judiciales de Justicia sustituyendo los Juzgados de Paz, que son más de 2200 en toda nuestra Comunidad, pongo en duda que se pongan en funcionamiento con el catálogo de servicios que propone el Proyecto.
4.3.- Apunto como “caballo de Troya” de los Partidos Judiciales, el artículo 84.5 del Anteproyecto, Tribunal de Instancia cuya jurisdicción se extienda a varios partidos judiciales de la misma provincia o provincias limítrofes y de la previsión del artículo 86, sobre Secciones de Familia Especializadas.
Esta amenaza ya se ha concretado Propuesta del CGPJ de ampliar la jurisdicción de Juzgados de VIOGEN, en Aragón, Canarias, Comunidad Valenciana y Murcia.
Por desgracia las sospechan se confirman y sin ser necesario siquiera que el Proyecto sea ley, puesto que está en fase de embrión en el parlamento, ya tenemos un Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo del Poder Judicial que ha propuesto al Ministerio de Justicia agrupaciones de partidos judiciales en el tema de Violencia de Genero
Pensemos en una mujer que tarda meses o años en tomar la decisión de denunciar (más en el ámbito rural), que además no cuenta con medios económicos o muy precarios y tiene hijos menores de los que tiene que hacerse cargo que tiene que ir a la capital de la provincia, u otra ciudad cuando no tiene ni dinero para el autobús.
4.4.-Reforma de la LECrim que también está en marcha y que se entronca directamente con la reforma de la eficiencia organizativa y procesal, crea la figura de Fiscales Instructores, y Jueces de Garantías, de Reforma, Juez de la Audiencia Preliminar y Jueces de Enjuiciamiento, pero faltan de Jueces y Fiscales, si los Fiscales no salen de la capital y los juicios y comparecencias los celebran de forma telemática como van a instruir diligencias previas en los pueblos.
4.5.- No se plantea solución a las Ejecuciones.
4.6.-Se plantea que la nueva criatura los Tribunales de Instancia, se apoyen y coordinen con la Oficina Judicial, cuando la NOJ sigue con problemas organizativos internos, a las tensiones internas organizativas, le sumo mi crítica por lo que supone de aportar al juez de la tramitación del proceso, atribuyendo más competencias al LAJ. Proceso más burocrático y menos judicial.
5.- ESTADO ACTUAL DE LOS JUZGADOS RURALES
5.1.- Falta de medios Personales y Materiales.
5.2.- Mal digitalizados, variedad de aplicaciones de acceso a la Justicia y además no interoperables.
5.3.- Lex Net no es un Expediente Digital, y Acceda es un parche
5.4.-Los Aplicaciones informáticas de trabajo de los funcionarios están siendo parcheadas constantemente y fallan habitualmente, más los lunes y los viernes.
5.5.-Interinidad y movilidad del personal en la Oficina Judicial. Bolsas de trabajo. No hay una gestión de recursos humanos eficiente, Un juez no tiene garantizado que le dure un equipo de trabajo.
5.6.- Las vistas telemáticas no es la solución para todo, la presencialidad como garantía del derecho de defensa y calidad de la justicia.
5.7.- Falta de Efectivos en Fiscalía que hace que en la última década todos los juicios en la provincia se celebren por videoconferencia.
5.8.- Falta de Equipos Psicosociales, y Forenses en los Juzgados de la Provincia.
5.9.- Fallos en los sistemas de videoconferencia que tampoco son homogéneos en todo el estado y dan lugar a suspensiones
5.10.-Las sedes judiciales por lo general no están diseñadas físicamente para un servicio de calidad, falta de salas, detenidos, victimas, testigos, justiciables.
Con la pandemia se ha agravado, barreras que surgieron de forma provisional que temo que sean para siempre. Barreras donde se hace de todo a la vista de todos.
5.11.-Falta una oficina de información en cada juzgado, el justiciable entra perdido y el que más información da es el guardia de seguridad de la puerta
Hace falta Humanizar la Administración de Justicia, no basta que este cercana en el territorio, lo Abogados tenemos que trabajar para que el Justiciable, nuestro cliente, sienta que de verdad está cercana, que no molesta, que se le escucha
Los garantes finales de que la Administración de Justicia ESTE Y SEA CERCANA al ciudadano somos los Abogados y Abogadas”.
Ya son varios los post dedicados a el anteproyecto de LOPJ y Borrador de Ley de Planta Judicial, y en todos ellos tras analizar ambos proyectos, mi postura era ( sigue siendo) de oposición frontal ya que suponen la desaparición en el ámbito Rural ( principalmente) del Servicio Público de Administración de Justicia, pero en este voy mas allá. Sr Gallardón apliquemos con rigor la letra de ambos anteproyectos y habrá Justicia de proximidad para todos.
En el Borrador de Ley de Planta Judicial se anuncia la desaparición de los Partidos Judiciales y los Juzgados de muchas ciudades al crear los TPI, Tribunales Provinciales de Instancia ( en adelante)
El anteproyecto de LOPJ, consagra y confirma esta institución y por tanto borra del mapa los 433 Partidos Judiciales. Ante este atropello no somos pocos los que nos hemos manifestado en las Redes Sociales e incluso en la calle, ya que nosotros y nuestros vecinos tendríamos que acudir a la Capital de la Provincial a recibir “algo” de eso que llaman “Justicia”.
Pero Si el Ministro y sus Secretarios de Estado manifiestan que ninguna sede Judicial se va a cerrar, y que se busca la profesionalización, y especialización de los jueces, con la creación del TPI colegiado integrado por todos los órganos judiciales, civil, penal, contencioso, y social, con la posibilidad de Sedes Desplazadas, aprovechemos este esquema para de verdad modernizar la Justicia, no para recortarla y borrarla del mapa.
Voy a explicarme en torno a unos Juzgados que conozco, los del Partido Judicial de Villarcayo, tenemos dos Juzgados Mixtos, es decir Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, uno de ellos especializado en Violencia de Genero. Por tanto no solo llevan el tramite y Enjuiciamiento de asuntos civiles, sino la instrucción de cuestiones penales y el enjuiciamiento de Juicios de Faltas.
Con la aplicación rácana de ambos proyectos legislativos estos Juzgados a buen seguro quedarían vacíos de competencias, (es lo que me temo) y se mantendrían como una Oficina de presentación de escritos y como mucho para celebrar alguna videoconferencia.
Si interpretamos y aplicamos el anteproyecto de LOPJ de forma ambiciosa, el único problema para que se sigan celebrando Juicios Civiles e instruyendo asuntos penales en Villarcayo y todos los demás Partidos judiciales es el Económico.
Me explico.
La creación del Macro TPI en Burgos ( como en otras Capitales de Provincia), supone que allí esta su sede y allí se harían las reuniones de coordinación entre los Jueces del TPI, incluso allí pueden estar residenciados en sus servidores informáticos los expedientes judiciales que necesariamente tienen que ser electrónicos.
Esta Sede no implica que los Asuntos de Villarcayo, Miranda de Ebro, Aranda, Briviesca , Lerma, o Salas de los Infantes, tengan que ser enjuiciados y tramitados en Burgos con desplazamientos innecesarios de los “Justiciables”, todo puede seguir tramitándose en su lugar de origen a través de Expedientes Electrónicos y Funcionarios bien formados, y posteriormente llegados a la Audiencia Previa o al Juicio Civil, el Juez adscrito a ese expediente trasladarse a la Sede Judicial de la localidad de origen del expediente para celebrar el juicio, el traslado se haría en función del numero de juicios pendientes, buscando la productividad y la eficiencia y evitando continuos desplazamientos de la Comisión Judicial.
Este esquema se puede trasladar a las demás jurisdicciones, Penal, Social y Contencioso, y de esta forma los ciudadanos de las zonas rurales no solo no pierden su Justicia, sino que ganan en mayores prestaciones de este Servicio, ya que si puede hacerse con la Jurisdicción Civil ( y se puede, si se quiere), puede hacerse con el resto de las jurisdicciones, y celebrar juicios de los juzgados de lo Penal, Social y Contencioso.
A este esquema añadiría entonces el de los Juzgados Multipuerta que ya expuse en el post de hace un año ( Juzgados de Villarcayo, futuro o pasado), introduciendo la posibilidad de una Mediación institucionalizada previa, como forma de descargar los Juzgados, y empoderamiento social en la superación de sus conflictos.
Claro que este esquema es simple en sus inicios, y necesita de Inversiones y de Voluntad Política para su aplicación, es necesario un Expediente Electrónico total, unos Juzgados física y telemáticamente avanzados con sistemas informáticos integrados por todo el territorio.
Por poner un ejemplo cercano, el Edificio de los Juzgados de Villarcayo necesitaría otra Sala de Vistas, y dos salas para la practica de videoconferencias. Digo esto, porque si solo hay una Sala de Vistas, donde además esta la videoconferencia, es imposible realizar mas de una Actuación Judicial a la vez, con lo que tenemos un cuello de botella que causa ineficiencias, retrasos y atascos. Con estos medios que cito dos ordenes judiciales ( civil y social por ejemplo) podrían estar celebrando juicios a la vez, y demás podrían celebrarse videoconferencias requeridas de otros Juzgados sin necesidad de parar todo el resto de la actividad judicial.
Lo que planteo es un cambio total en el fondo y en la forma de Impartir Justicia en este País, si queremos que de verdad la Justicia sea la piedra clave de bóveda de todo nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.
Lo contrario nos llevara al recorte, a la poda del Servicio Publico de Administración de Justicia, y por tanto a que todos los demás Servicios Públicos y Derechos cuya garantía dependen de este se vean mermados sin remedio, ante los desafueros de las grandes Corporaciones y por que no decirlo del Gobierno de Turno.
SE PUEDE, SI SE QUIERE, para ello nuestros Políticos Gobernantes han de saber que este Servicio Publico nos importa y nos preocupa, por que #JusticiaEsDemocracia.
En este post me voy a centrar en la Aprobación de Revisión de Normas Urbanísticas en Villarcayo MCV aunque lo comentado puede ser extrapolado a otros Municipios de similar población y territorio. Por acuerdo de Pleno de 20 de Diciembre de 2.013, se ha acordado la aprobación provisional del documento de las Normas Urbanísticas (en adelante NUM) y su elevación a la Comisión Territorial de Urbanismo de Burgos (en adelante CTU). El objeto de este post no serán cuestiones concretas aún por conocerse, sino el procedimiento que con todos los respectos califico aquí de poco transparente y desconocido para la gran mayoría de los vecinos de mi pueblo.¿Qué son las NUM?Las Normas Urbanísticas de un Municipio son el marco técnico jurídico que hay que respetar a la hora de poner un ladrillo, las que determinan si se pueden levantar dos o tres plantas, si se hacen viviendas unifamiliares o bloques, si la calle es de 8 o de 12 metros de ancha, así de simple y para entendernos. Cuando luego vemos una acera muy estrecha o un bloque que nos parece disparatado al lado de una vivienda unifamiliar o un parque infantil estupendo (equipamientos) ello es consecuencia de esta normativa. Las Normas Urbanísticas definen que tipo de Villa queremos construir en los próximos años, ya que su vigencia es indefinida y trasciende a varios equipos de gobierno municipal, las ultimas vigentes aún son del año 1.995, por ello su elaboración y aprobación son muy relevantes para la vida de los vecinos, residentes y visitantes y para el desarrollo de la localidad en los próximos 20 años por lo menos. Nuestras Normas (porque deben ser nuestras) empezaron su proceso de Revisión con un Avance en el año 2.008, mediante acuerdo aprobado en Pleno de 15 de Septiembre de 2.008 y publicado en el BOP de Burgos el 10 de Octubre de 2.008, también estuvieron publicadas en la página www.villarcayo.org. Tras las sugerencias y alegaciones de algunos particulares e informes sectoriales (Confederación Hidrográfica, Patrimonio, Medio Ambiente, etc…), se aprobaron inicialmente por acuerdo de Pleno de 30 de Abril de 2010, y contra dicho acuerdo se formularon Alegaciones por los vecinos de Villarcayo, mis noticias son que fueron entorno a 160 alegaciones. El documento o documentos que fueron aprobados inicialmente también están publicados en www.villarcayo.org. Tras estas alegaciones hubo un Refundido aprobado el 28 de Diciembre de 2.011y luego silencio absoluto hasta este 20 de Diciembre de 2.013 fecha en la que se han aprobado provisionalmente para ser remitidas a la Comisión Territorial de Urbanismo de Burgos (JCYL) para su aprobación definitiva. Como digo no pongo en duda en este post el criterio técnico del Equipo Redactor (Arnaiz Consultores), para eso están los Tribunales que es donde acabaran alguno/os de los recursos que se interpongan como suele ser habitual en procesos de Revisión de Normas Urbanísticas Municipales. Lo que percibo es la poca transparencia desde que se interpusieron alegaciones en la aprobación inicial, allá por el año 2010, hasta su aprobación provisional en el 2013, leí en twitter que la “Oposición en el Consistorio” se quejaba de que les habían dado un “pendrive” la semana anterior al Pleno para que estudiaran todo el documento, es imposible que un concejal o un vecino, incluso un técnico abogado o arquitecto urbanista pueda dar una opinión fundada en cuatro días a un documento extensísimo cuya elaboración arranca en 2008. Por otra parte unas Normas tan importantes requieren consenso amplio, pero según los periódicos el resultado del Pleno fue cinco concejales a favor y otros cinco en contra, decidiendo el empate el voto de calidad de la Alcaldía. Democrático es, pero a Consenso ni se le ha visto ni se le espera. El caso es que ya se ha aprobado provisionalmente (que es el ultimo trámite a realizar en el ayuntamiento) y la gran mayoría de los vecinos de Villarcayo desconocen lo que se ha aprobado. Según la información recibida desde el ayuntamiento las alegaciones van a ser contestadas una por una y notificadas a los interesados, lo cual es de agradecer, y así viene previsto en el artículo 158.3 del RUCYL. Una vez se haya recibido el documento aprobado por el Ayuntamiento en la CTU de Burgos, estaremos ya en el trámite de aprobación definitiva, donde la CTU puede “meter mano al documento” y corregir algún aspecto o aprobarlo definitivamente con el efecto de su posterior entrada en vigor y su carácter normativo. Contra dicha Aprobación Definitiva cabe Recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en su Sala Contencioso Administrativa de Burgos. Como decía hubo 160 alegaciones de particulares, algún vecino incluso habrá formulado varias, por lo que se supone que estos vecinos alegantes algo sabrán del documento alegado (que no del aprobado todavía), pero ¿Qué hay de los 4.700 vecinos restantes? ¿Saben algo de las calles que se quieren construir? ¿La accesibilidad al Municipio y dentro del Municipio? ¿Las nuevas urbanizaciones? ¿La conservación de los edificios singulares? ¿La sostenibilidad energética de Villarcayo? ¿La conservación de los núcleos rurales ( las 32 pedanías)? ¿El ciclo del Agua? ¿La posible permisividad a industrias extractivas de riesgo como el fracking? ¿Sabemos algo? ¿Alguien nos ha informado o nos va a informar?. Se esta planificando para los próximos 20 años, y no solo van a ser importantes los accesos físicos por carretera, sino la implantación de nuevas tecnologías de la Comunicación ( TICs), me pregunto si el documento tiene en cuenta ( no lo vi en las fases iniciales) la accesibilidad tecnológica de Villarcayo y sus Pedanías a redes de conocimiento, si vamos a una Ciudad o Villa inteligente ( recomendable la consulta a www.miciudadinteligente.info), o nos vamos a quedar en calles, caminos y edificios, como hasta ahora. Las ciudades inteligentes“Smart City” (nuestra Villa tiene que serlo) han de superar el concepto ciudad o territorio administrativo y convertirse en territorio inteligente, teniendo en cuenta sus características ambientales, sociales, económicas, culturales, donde lo importante tiene que ser la ciudadanía. Las Normas urbanísticas (ahora en revisión) pueden abordarse desde ámbitos donde los vecinos no tengan concurso ninguno, o bien desde un prisma de territorio urbano con una perspectiva que incluya la población del mismo. Hay que “urbanizar las tecnologías” como manifiesto Saskia Sassen, premio Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales 2013, «en vez de tecnologizar las ciudades” ( cito aquí el blog “comunidad ism” del Geógrafo Eduardo Bustillo Holgado), y el blog de la Fundación Open Smart Rural www.opensmartrural.org. Es ahora cuando en Villarcayo se están fraguando los problemas y las soluciones urbanísticas futuras, nuestra obligación como vecinos es participar en este proceso. Todo es legal aparentemente, pero falta pedagogía, echo de menos que el Equipo Redactor o el Personal Técnico del Ayuntamiento de Villarcayo, no convoque charlas informativas en la Casa de Cultura e informe a sus vecinos de las decisiones que se han tomado por ellos, y en su beneficio ( porque eso nos dirán), ¿tanto cuesta?. También echo de menos que no se utilicen herramientas 2.0 para enriquecer estas Normas, se han publicado en la página web, pero esta tecnología no permite interaccionar al vecino, no se puede aportar un comentario, un plano, un croquis, un deseo. Hoy las redes sociales y los instrumentos 2.0 facilitan un feedback continuo entre la Administración y los ciudadanos y a un coste mínimo, lo que enriquecería sin lugar a dudas cualquier norma o proyecto, y evitaría la sensación de frustración e indignación tan extendida entre los ciudadanos con sus políticos. Claro está que hacer esto implica un esfuerzo administrativo, y poner a trabajar al personal del Ayuntamiento al servicio de los ciudadanos y no de los gobernantes, porque con el debido respeto esa es la imagen que muchos vecinos tienen de su Ayuntamiento, y lo digo como sugerencia para que esto cambie, y entre todos hagamos una Villa donde prime la convivencia y la ciudadanía participativa y colaborativa, se trata de lo que en la Teoría de Juegos se denomina como WIN-WIN, ganar/ganar, ganando todos. No dudo en este foro que en el proceso de elaboración de las Normas Urbanísticas de Villarcayo y en la aprobación provisional de 20 de Diciembre de 2.013 se ha respetado la Ley, pero tengo muy presente que “la Ley es como una tela de araña que atrapa a los mosquitos y deja pasar a los pájaros”. La tarea es ardua, pero el futuro de Villarcayo de MCV lo merece, ejercitemos nuestros derechos como ciudadanos, sino se oxidan y dejan de ser derechos.
Le dijo el Soldado Copons a Iñigo de Balboa, cuando junto a los restos malheridos del Tercio Viejo de Cartagena se negaron a rendirse a la Caballeria Francesa en la batalla Rocroi», les sonara si son lectores del Maestro Perez Reverte y el “Capitan Alatriste”.
Se preguntaran a que viene esto en nuestro Blog, en Cuenta lo que fuimos verán que a los Abogados Españoles nos queda mecha de arcabuz para rato frente a la Caballeria de las reformas del Ministro de Justicia.
Voy a contarles la intrahistoria el 20N, de lo que suponen las Tasas Judiciales y la Reforma de la Planta Judicial ya he escrito suficiente y además si el Ministro esta contento con el funcionamiento de la Ley de Tasas y mas aún con el Proyecto de Ley de Plantaque pronto llevara al Consejo de Ministros, ¿quién es este humilde Letrado de Pueblo para seguir criticando estas cuestiones si por lo visto ni afecta ni van a afectar la vida de mis convecinos?
En el 20N los Abogados del Partido Judicial de Villarcayo y de todos los Partidos Judiciales de Burgos nos manifestamos contra dos cuestiones, las Tasas y la reforma de Ley de planta Judicial,
EN LA PROVINCIA DE BURGOS
De forma natural y espontánea se organizó un grupo de abogados interrelacionados a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación (En adelante TIC) los siete Partidos Judiciales de la provincia, manteniendo informados y relacionados a los grupos a través de e-mail.
En este grupo de trabajo colaborativo en el cual he tenido la suerte y el honor de participar como humilde soldado de infantería del Tercio, hemos compartido toda la información relativa a los dos temas y en el último mes hemos dados charlas, escrito artículos, post, entrevistas con medios escritos y radios desde locales a medios generalistas, y todo ellos compartido en tiempo real con todos los Letrados de la provincia a través de las TIC.
Lo conseguimos gracias a la ilusión y pasión de unos cuantos Abogados y la utilización de herramientas y métodos nuevos en la Profesión, las TIC y el trabajo colaborativo sin reservas.
EN RESTO DE ESPAÑA
Hubo concentraciones en toda España contra le Ley de tasas, 25.000 abogados acompañados de jueces, fiscales, secretarios judiciales, procuradores, y como en el caso de Villarcayo algunos concejales y vecinos. (En los Tercios de Infantería de Flandes, nunca hubo más de 20.000 soldados, y tuvieron a Europa bajo sus botas durante más de un siglo, recuerden “La Rendición de Breda” de Velázquez.
ESTA CONVOCATORIA PARTIÓ DESDE EL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA (CGAE)
Y se traslado Colegio a Colegio, pero sobre todo tuit a tuit, siendo el resultado un hito en una Profesión que no se caracteriza precisamente por la utilización de estas herramientas y plataformas tecnológicas.
Sin embargo, despunta un sector de la Abogacía muy especializado en las nuevas tecnologías (Web 2.0), a través de las cuales se comunican y comparten información entre profesionales y público en general, mencionar por ejemplo a labrigadatuitera.wordpress.com, (2º Regimiento de Caballeria Ligera) y sus capitanes @josemuelas, @veronicadelcarp y @alfherranz, sus blogs son de visita y seguimiento obligado para todo aquel que este interesado información jurídica de alta calidad, estando siempre muy por delante de numerosas publicaciones jurídicas de prestigio. Esto es en palabras del gran Decano de Cartagena Sr. Don José Muelas Cerezuela es “INTELIGENCIA COLECTIVAAL SERVICIO DEL CIUDADANO”
Estos Compañeros, con sus armas de difusión masiva tablet y smartphone (nos estará espiando la NSA) diseñaron la estrategia viral del 20N y su hashtag #justiciasintasa, lanzándola a las 11.00 del 20N y LOGRANDO QUE EN 11 MINUTOS fuera TRENDING TOPIC (en adelante TT) EN ESPAÑA DURANTE MÁS DE TRES HORAS Y TERCERO EN EL MUNDO con 318 cuentas lanzando tuits, entre ellas la de un servidor, @Aureliogonzal71. Esta estrategia fue además implementada por @josemuelas decano de los Abogados de Cartagena con técnicas propias de gamificación avanzada, aplicando dinámicas de juego para la consecución de los objetivos, de tal forma que los Compañeros/as que participamos en lograr el TT nacional y mundial trabajamos intensa y emotivamente y además nos divertimos.
Les cuento lo que somos, les hablo de trabajo colaborativo, TICs, redes sociales facebook, twitter, pinterest, instagram, técnicas de gamificación, y todo ello utilizado por Abogados Españoles altamente formados, entrenados, capacitados y motivados EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS ESPAÑOLES, LA ABOGACIA ESPAÑOLA ES PRESENTE Y FUTURO.